Chile ha pasado a contar con un Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos.
En 2021, fue publicado en el Diario Oficial el reglamento GHS (Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos), después de la toma de razón de la Contraloría General de la República.
La publicación Reglamento de clasificación, etiquetado y notificación de sustancias químicas y mezclas peligrosas fue realizada el 9 de febrero de 2021 e implementa la séptima edición revisada del SGA con los siguientes períodos transitorios de implementación luego de su publicación en el Diario Oficial:
- Sustancias de uso industrial: 1 año
- Sustancias de uso distinto al industrial: 2 años
- Mezclas de uso industrial: 4 años
- Mezclas de uso distinto al industrial: 6 años
La autoridad publicará una lista de sustancias que se considerarán peligrosas, y en la cual se indicará a cuál categoría de sustancia peligrosas corresponde el producto, así como el grado de peligrosidad del producto. En el caso que las sustancias no se encuentren en el Listado, los fabricantes o importadores deberán evaluar si la sustancia o mezcla conlleva algún peligro físico, para la salud o para el medio ambiente y de ser peligrosas la autoridad podrá solicitar los antecedentes utilizados para determinar la clasificación de los peligros de sustancias o mezclas.
La información mínima que deberá tener el etiquetado será:
(a) el número CAS o la nomenclatura IUPAC, los pictogramas de peligro,
(b) el número de teléfono de contacto en Chile de un Centro toxicológico, con atención las 24 horas todos los días del año y
(c) las palabras de advertencia, las indicaciones de peligro y los consejos de prudencia, para los cuales sólo se podrán utilizar las expresiones contenidas en el decreto.
Cabe destacar que, las Fichas de datos de seguridad se deberán adecuar a este decreto, y estar actualizadas, no dejando pasar más de 6 meses para impactar las modificaciones desde que cambió alguna información de ellas.
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